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URBI Guías
Guías·5 min de lectura

Arrendar en Colombia: derechos y obligaciones del inquilino (Ley 820)

Qué exige la Ley 820 de 2003, qué NO pueden pedirte, y cómo evitar contratos leoninos.

Por Equipo URBIHUB

Llaves y contrato de arrendamiento sobre una mesa, con un apartamento al fondo

Arrendar en Colombia (Ley 820 de 2003)

Lo que el arrendador SÍ puede pedir

  • Contrato escrito o verbal.
  • Codeudores o pólizas de arrendamiento.
  • Verificación de referencias.

Lo que NO pueden pedir

  • Depósito en dinero (art. 16).
  • Cobros anticipados de más de un mes.
  • Cláusulas que renuncien a derechos irrenunciables.

Incrementos anuales

Máximo el IPC del año inmediatamente anterior.

Terminación

Preaviso de 3 meses en contratos de vivienda urbana.